Primer proyecto de Directiva que regula las prácticas comerciales desleales en la Unión Europea

Se ha publicado el primer proyecto de Directiva que regula las prácticas comerciales desleales en la Unión Europa, que debe ser traspuesto a la legislación nacional de cada Estado miembro en un plazo como máximo de dos años desde su publicación. Estarán sujetos a la Directiva las prácticas comerciales entre una pequeña o mediana empresa y un comprador que no lo es.

El proyecto de Directiva establece una lista mínima de prácticas comerciales desleales prohibidas [periodo de pago a 30 días; cancelaciones de última hora de pedidos de productos perecederos; cambios unilaterales y retroactivos en los acuerdos (con respecto a frecuencia, tiempo o volúmenes, normas de calidad o precios) y exigencia de pago por mercancías que se han echado a perder por parte del comprador]. Otras prácticas comerciales están prohibidas si no están claramente contempladas en el acuerdo entre el vendedor y el comprador.

Los Estados miembros están obligados a establecer una autoridad de vigilancia y sanciones competente que podrá recibir quejas tanto de los proveedores como de las organizaciones de productores o sus asociaciones, respetando la confidencialidad.

Observen que no se establece ninguna obligación de formalización de contratos tal como está previsto en la Ley española o voluntariamente en la OCM (art. 168 Rgto 1308/2013).